Periodo de inscripción
Del 18/05/2023 al 19/06/2023Información
El Instituto Andaluz de la Juventud convoca las subvenciones del "Programa Innovactiva" para personas jóvenes emprendedoras andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía.
El objeto de estas subvenciones es:
- a) La puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, a través de la constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, o cooperativas y sociedades laborales constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
- b) La constitución de la persona solicitante como persona empresaria individual autónoma.
En ambos casos, se priorizarán aquellos proyectos en los que la puesta en marcha y desarrollo de sus actividades se base en el uso y aplicación de las nuevas tecnologías, en concordancia con lo establecido en el apartado 12.a), relativo a los criterios de valoración.
Igualmente, en ambos supuestos, el domicilio fiscal de la empresa deberá radicar en Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de convocatoria.
Convoca
Instituto Andaluz de la Juventud
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las personas jóvenes andaluzas o residentes de Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años (40 años en proyectos empresariales agrícolas o ganaderos), inclusive, que:
- Tengan, al menos, el título de Educación Secundaria Obligatoria o certificado de profesionalidad de cualquier familia profesional.
- No hayan sido personas beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores, aunque hayan renunciado a la misma una vez concedida.
- Aún cuando no hayan adquirido la condición de personas beneficiarias, no podrán solicitar las subvenciones previstas en estas bases aquellas personas que hayan figurado en la propuesta definitiva de resolución y hubiesen presentado su renuncia antes de formularse la Resolución de concesión definitiva, durante las tres convocatorias siguientes a aquella en la que se produjo la presentación de la renuncia.
Dotación
Las ayudas tendrán un máximo de 9.000 euros.
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