jueves, 29 de julio de 2021

CONVOCATORIA IAJ SUBVENCIONES INNOVACTIVA 6000 EJERCICIO 2021

 Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de

concurrencia competitiva a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva 6.000»), para el ejercicio 2021.

Objeto de la subvención: darse de alta de autónomo (no puede haber estado de autónomo
en el año inmediatamente anterior a la convocatoria) o crear una empresa con, al menos, 2 socios y solo puede pedir la subvención uno de ellos.

 

Cuantía de la subvención : máximo de 6.000,00 euros.


Solicitantes: Jóvenes de 18 años y hasta 35 años, inclusive, con título universitario o ciclo
formativo, que no hayan sido ya beneficiarios en convocatorias anteriores. En caso de empresas, la edad la tienen que cumplir todos los socios, aunque la titulación solo se exige para el solicitante.


Fecha de inicio: Se fija en tres meses el plazo para darse de alta como empresario
individual autónomo y para realizar las inversiones previstas, desde la fecha que haya puesto el solicitante como fecha de inicio (apartado 4.1.1 del anexo I) de los trámites de constitución de la empresa; y seis meses para constituirse como forma jurídica societaria. Tales plazos se cuentan desde la fecha de inicio (apartado 4.1.1), que tiene que estar comprendida entre el 22 de julio y el 31 de diciembre de 2021.


Conceptos subvencionables : gastos de capital (escrituras, registro, etc.) y de inversión en
inmovilizado material e intangible (mobiliario, maquinaria, utillaje, etc.). No se subvencionan los gastos de acondicionamiento del local cuando el solicitante no es el propietario, ni los de
naturaleza corriente (teléfono, internet,...), la publicidad y cartelería, alquileres, cuota de
autónomos, nóminas, etc.

Obligaciones: mantener la actividad de la empresa durante al menos 2 años, desde la fecha
de alta del autónomo o de la inscripción de la empresa, de manera ininterrumpida, que se acredita mediante la vida laboral o la justificación anual de las cuentas respectivamente, y publicidad de la ayuda.


Plazo dentro del que deben realizarse los gastos subvencionables: entre la fecha de inicio
(apartado 4.1.1) de los trámites de constitución de la empresa, o de los trámites de alta como
persona empresaria individual autónoma, hasta 6 meses después en el caso de constitución de la empresa societaria o 3 meses después en el caso de alta como autónomo.
Documentación a presentar junto con el formulario Anexo II: Solo se admitirán originales,
copias auténticas y copias autenticadas de DNI, residencia, titulaciones, declaración de minimis o vida laboral (solo autónomos), así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración.


Justificación: Comprenderá el total del presupuesto aceptado, aunque la subvención sea
inferior, con un plazo de 3 meses desde la fecha de abono de la subvención.

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: desde el 22 de julio hasta el miércoles 4 de agosto de 2021.

Presentación telemática de solicitudes:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/


Para más información: 

https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/inicio

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